En la empresa ASECORKTAP, S.A, ubicada en el Polígono Industrial Vara de Quart
de Valencia, nos dedicamos a la
fabricación de tapones de corcho para embotellamiento de vinos, licores,
champagne, etc. Posteriormente los vendemos en el mercado nacional pero desde
hace poco también los exportamos. Las planchas de corcho en bruto para la
fabricación de tapones de corcho las importamos de una empresa de Tánger,
Mohamed Abdul Chikhi, S.A.
Hace unos
días un pedido de 10 pallets de 1500
unidades de planchas de corcho a nuestro proveedor de Tánger (Marruecos),
Mohamed Abdul Chikhi con dirección: Avenue Al Afou 123 . La mercancía se
despacha en un contenedor de 20’ (33m3). El peso bruto de la mercancía es de
5250kg y el peso neto de 5000kg. El precio por kg es de 1,40€.
El
transporte principal se realizará en barco hasta el Puerto de Valencia (España).
El flete es de 1085€ y el seguro de 182€. El transporte interior desde el
puerto de Valencia hasta el almacén de la fábrica es de 50€. Condiciones de
entrega FOB- Tánger. Derechos arancelarios del 0% y el IVA de la mercancía del
10%.
El primer paso para llevar a cabo esta importación consiste
en que la empresa exportadora nos envíe la factura Proforma Nº.
10450/13 (ANEXO 1) mediante fax o correo electrónico, para que nuestra empresa
lo presente a su banco, el Banco Santander, y podamos formalizar la apertura
del crédito documentario.
Enviaremos el crédito documentario de nuestro Banco Santander,
al exportador mediante su banco, el Deutsche Bank, para que realice las
comprobaciones de todos los datos que se consignan en él. La divisa será en
Euros.
El exportador preparará la carga y elaborará la factura Nº10452 y
el packing list de la carga
realizada. ANEXOS 2 Y 3
respectivamente.
Los
documentos necesarios para el tráfico marítimo :
- Conocimiento de embarque B/L que es
el documento que recibe el cargador, emitido por el capitán del barco o
naviera. Sirve como prueba del contrato de transporte y es acuse de recibo de
las mercancías e indica en qué estado se encuentran las mercancías cuando se
recibieron por el capitán del barco (3 originales y 6 copias). Representa el
título de la propiedad de la mercancía a su tenedor. ANEXO 6.
El importador sólo podrá hacerse cargo de las mercancías cuando presente
los B/L originales. Se extiende en 9 ejemplares: 3 originales y 6 copias no
negociables.
Y para tramitar la importación de la mercancía son necesarios los
siguientes documentos:
- El DV1: La declaración del valor en aduana es un
documento que debe presentarse a las autoridades aduaneras cuando el valor de
las mercancías importadas excede de 10 000 euros y debe presentarse junto con el Documento
único Administrativo (DUA). En nuestro caso no supera los 1000€, pero aun así
lo hemos realizado para que el trabajo quede más completo. ANEXO 4
La finalidad principal de este requisito
es establecer el valor de la transacción para fijar el valor en aduana (base
imponible) sobre el que se aplican los derechos arancelarios.
El valor en aduana corresponde al valor
de las mercancías, incluidos todos los costes (por ejemplo valor en factura,
transporte y seguro), hasta el primer punto de entrada en la Unión Europea.
Para establecer el valor en aduana se utiliza habitualmente el valor de
transacción (precio pagado o por pagar por las mercancías importadas).
- El DUA de Importación: es el soporte papel de nuestra declaración de importación o exportación
ante las autoridades aduaneras.
Está formado por un legajo de 8 ejemplares más un noveno de uso nacional
que supone la autorización para la retirada o embarque de las mercancías (“levante”),
utilizándose uno u otros según el tipo de operación que reflejen. Así, por
ejemplo, el DUA presentado para una declaración de importación usará los
ejemplares 6, 7, 8 y 9 del legajo. ANEXO 5